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Panorama

Intrant sobre prohibición de giros a la izquierda: “Calma, esto no es un invento”

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Frente a las inquietudes ciudadanas sobre los recientes cambios viales en la capital, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intran) envió un mensaje claro, asegurando que no se trata de un invento.

“Calma, esto no es un invento, es para perder menos tiempo en tapones y mover la ciudad más rápido”, afirmó el Intrant en un comunicado oficial.

La institución explicó que las modificaciones en los giros a la izquierda forman parte de un plan técnico y estratégico del Gabinete de Transporte para mejorar la movilidad en Santo Domingo, reducir la congestión y ordenar el movimiento vehicular en las principales avenidas de la ciudad.

El Gabinete de Transporte del gobierno dominicano, a través del Intrant, anunció nuevas medidas de reorganización del tránsito en Santo Domingo, con el objetivo de m reducir el caos en puntos críticos de la capital

A partir este domingo 6 de julio, se implementarán nuevos cambios en la circulación vial, iniciando con tres rutas clave en la intersección de la avenida Lope de Vega con calles de alto flujo vehicular.

Las modificaciones forman parte del plan de movilidad urbana que busca un tránsito más fluido, seguro y ordenado.

Uno de los puntos con cambios importantes es la intersección de Lope de Vega con Fantino Falco. Si vienes desde el sur, deberás girar a la derecha en la avenida Gustavo Mejía Ricart, luego tomar la calle Siervas de María y finalmente entrar a Fantino Falco desde el este.

Esta ruta busca descongestionar la intersección directa y mejorar el flujo vehicular en horas pico.

En la intersección de Lope de Vega con Gustavo Mejía Ricart, si te desplazas de norte a sur, la nueva ruta sugiere girar primero en Fantino Falco, continuar por la calle Agustín Lara y luego reincorporarte a la Gustavo Mejía Ricart sin contratiempos.

Este desvío permite un giro más seguro y ordenado en una zona de alto tránsito.

Por último, para quienes transitan desde el sur hacia Lope de Vega con Max Henríquez Ureña, deberán continuar hasta Gustavo Mejía Ricart, girar en Goico Castro y luego ingresar a Max Henríquez desde el este.

El Intrant exhortó a la ciudadanía a mantenerse informada a través de los canales oficiales, seguir las señales de tránsito, y colaborar con los agentes en las calles durante la fase de implementación.

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Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.

Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».

Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.

Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.

En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.

Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.

La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.

El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.

También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.

Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

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INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo

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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.

El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.

Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.

Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.

Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.

En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.

Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.

El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.

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