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DEA arresta en Miami a empresario aeronáutico José Miguel Patín
Periódico EL DÍA.-Uno de los más tradicionales empresarios aeronáuticos dominicanos, José Miguel Patín, se encuentra arrestado en Miami acusado de formar parte de una estructura de narcotráfico que utilizaba aviones para llevar a Estados Unidos cargamentos de cocaína utilizando aeronaves con rutas de vuelos legales.
También es investigado por una nueva modalidad detectada por las autoridades norteamericanas consistente en comprar en Estados Unidos aviones de manera legal, trasladarlos hasta territorio dominicano, donde son estacionados con todos sus registros y documentación legal. Posteriormente son utilizados por los grupos de narcotráfico para mover la droga que llega a República Dominicana de tránsito.
Aunque la detención de Patín se produjo el 6 de diciembre por parte de agentes de la agencia antinarcóticos estadounidense (DEA por sus siglas en inglés) y que afecta a uno de los más reconocidos empresarios de la aviación civil dominicana, el caso ha sido tratado con bajo perfil por parte de las autoridades dominicanas, las cuales hasta el momento no han emitido ninguna información oficial al respecto.
EL DÍA confirmó que Patín está detenido en el Federal Detención Center (FDC), de Miami, donde aguarda por un proceso judicial por narcotráfico, el cual ya inició la Fiscalía del Distrito Sur de La Florida.
El empresario aeronáutico está registrado en la citada cárcel con el número 09740-104. Patín fue arrestado junto al también dominicano Wilkin de Jesús Matos Félix, un piloto que trabaja para la empresa Servicios Aéreos Profesionales (SAP), que dirige Patín desde su fundación en 1981.
Esta empresa empezó a funcionar en el antiguo aeropuerto de Herrera y junto a Caribair (cuyo presidente también confrontó un proceso judicial en Estados Unidos por narcotráfico) se convirtió en una de las principales del ramo en el país. Desde hace meses agentes de la DEA daban seguimiento a Patín.
Los servicios aeronáuticos
En la actualidad la empresa SAP, que dirige José Miguel Patín, tiene sede en el aeropuerto “Joaquín Balaguer” (El Higüero), desde donde ofrece servicios de arrendamiento de avionetas y helicópteros, servicios de ambulancia aérea, excursiones y vuelos privados, en especial a Miami, Puerto Rico, Cuba y las islas de las Antillas Menores.
Portal Acento dio los detalles
Conspiración para obtener con intento de distribuir más de cinco kilogramos de cocaína y posesión con intento de distribuir más de cinco kilogramos de cocaína, son las acusaciones que pesan en contra del empresario aeronáutico dominicano José Miguel Patín, de Servicios Aéreos Profesionales (SAP Group), arrestado en Miami, Estados Unidos por agentes de la DEA, publicó el portal Acento.com.do
Según el documento del caso número 16-mj-03640-AOR, que conocerá la jueza Alicia M. Otazo-Reyes, y al que Acento obtuvo acceso, tanto Patín como Wilkin de Jesús Matos Feliz – aparente colaborador del empresario dominicano -, enfrentan cargos federales por violación al código 21 U.S.C. 846 y 21 U.S.C 841 (a) (1).
En el documento, el agente especial Michael Shaw, de la DEA (Administración para el Control de Drogas o Drug Enforcement Administration), en declaración jurada, señala que, la DEA estableció una “fuente confidencial” o informante confidencial durante la investigación, la cual indica que suministró información de que la fuente recibió múltiples kilogramos de cocaína y heroína anteriormente de Patín, quien, según la declaración, había contrabandeado narcóticos hacia Estados Unidos de diversas formas, incluyendo narcóticos ocultos en aviones operados por la compañía aérea de Patín, ubicada en el aeropuerto ejecutivo de condado de Brodward, en Florida.
Shaw, en su declaración jurada, sostiene que el 15 de noviembre del 2016, la fuente realizó una llamada telefónica monitoreada y grabada a Patín, quien aceptó reunirse con dicha fuente anónima al día siguiente y entregarle el contrabando.
El 16 de noviembre, 2016, acorde con la declaración, Patín instruyó la fuente para encontrarse en el Islander Café, la cual fue grabada y monitoreada por los agentes de la DEA, la cual ocurrió aproximadamente a las 11:16 de la mañana. En dicha reunión, Patín supuestamente conversó sobre su negocio de narcóticos.
En la conversación, el empresario dominicano habría incluso preguntado al informante si conocía a alguien que necesitara un cargamento mayor (20 kilos). En esa reunión se negociaron dos kilogramos de cocaína con el informante, los cuales fueron entregados por Wilkin de Jesús Matos Feliz ese día por instrucción de Patín.
Días después, el 5 de diciembre, a través de una llamada telefónica, Patín, quien se encontraba en República Dominicana en el momento, aceptó reunirse con el informante de la DEA el siguiente día (6 de diciembre) para recibir el pago dos kilogramos de cocaína que habrían negociado en la reunión anterior, y le confirmó que se encontraba armando un cargamento de cocaína para introducirlo a Miami, la cual fue requerida por la fuente de la entidad antidrogas.
El 6 de diciembre, según Shaw, Patín y Matos fueron arrestados en el estacionamiento del Islander Café, luego de que la fuente de la DEA les indicara que el dinero por los dos kilos de cocaína se encontraba dentro de su vehículo.
Posteriormente, en una revisión hecha por la unidad canina K-9 al vehículo de Patín, se encontraron dos cajas en el asiento trasero, que contenían dos kilogramos de cocaína.
El automóvil, una Toyota Highlander 2015, placa ERJR92, registrada a nombre de Isabel María Patín, hija del detenido, fue encontrada por los agentes en el espacio de estacionamiento de la vivienda del empresario.
Tras a su arresto, Patín indicó a los agentes federales que su esposa e hija se encontraban en República Dominicana desde hacía más de un mes. Al preguntarle, según el documento, quién se había estacionado en el espacio de su apartamento (el día anterior, el vehículo no fue visto en el lugar por los agentes), Patín respondió que él se había estacionado allí, sin embargo, poco después intentó negar su declaración anterior.
Las penas
Según un documento con las penalidades de tráfico federal, colgado en el portal web de la Administración para el Control de Drogas, de determinarse la culpabilidad Patín y Matos, enfrentarían penas de no menos de 10 años y no más de cadena perpetua, por cinco kilogramos o más, y una multa de no más de 10 millones de dólares, si se trata de una primera ofensa.
De ser una segunda ofensa, las penas serían de no menos de 20 años, multa de no menos de 20 millones de dólares y pena perpetua en caso de daños físicos severos o muerte.
Actualmente, Patín se encuentra bajo arresto en el Centro de Detención Federal de Miami, registrado con el número 09740-104 y fecha de libertad desconocida, de Estados Unidos, luego de que fuera detenido para fines de investigación. Las autoridades en República Dominicana no se han pronunciado sobre su arresto.
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Gobierno propone mantener prisión para delitos de libertad de expresión en nuevo Código Penal
El Senado de la República recibió este viernes 18 propuestas que buscan modificar el nuevo Código Penal, las cuales fueron elaboradas por el equipo del presidente Luis Abinader.
Aunque contempla variaciones para otras tipificaciones penales, la pieza centra una de sus partes en los artículos que versan sobre los delitos relacionados con la libertad de expresión.
Reseña el Listín Diario que una de las peticiones realizadas por diversos sectores de la sociedad, como la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), es eliminar el castigo penal.
No obstante, el Gobierno optó por mantenerlas.
¿Cuáles fueron las modificaciones?
El proyecto de ley depositado por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, busca alterar el contenido del artículo 192 sobre difusión de audios o imágenes sin consentimiento.
La intención del Poder Ejecutivo es especificar que la comisión de este hecho solo será sancionada cuando se comete en el ámbito privado o cuando haya una expectativa razonable de discrecionalidad.
En cuanto a la sanción, amplía la pena menor hasta quince días, la cual está en el modelo actual en seis meses. La máxima continúa en hasta un año de prisión.
Además, busca eliminar del nuevo Código Penal la sanción en los casos cuando el contenido falso sea elaborado por medio de montajes.
El artículo 207, referente al perjurio, recibiría una reducción de la pena, llevándola de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años.
La pena actual del artículo 208 sobre la difamación es de dos a cinco años de prisión. Sin embargo, el Gobierno sugiere disminuirla de uno a dos años de prisión.
Además, aclara que no será sancionada si se registra en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio.
Dentro del artículo 211 agregaron una disposición para asegurar que no sean consideradas actos de difamación o injuriosos “las expresiones, opiniones y críticas vinculadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos y actuaciones que atenten contra el interés público”.
No obstante, aclara que las declaraciones serán permitidas solo cuando estas estén sustentadas en elementos probatorios o precedidas de una verificación razonable de la información.
Desaparece el bullying
El artículo 121, que incluía la tipificación del bullying, cambia completamente el concepto y lo nombra únicamente como hostigamiento.
Mientras que el artículo 122 sobre hostigamiento agravado coloca de uno a dos años de prisión para cuando el agresor afecte a una persona con discapacidades físicas o mentales.
Además, disminuye la pena a entre cinco y diez años cuando el hecho cause el suicidio de un menor de edad.
El artículo 123 cambiaría su título a hostigamiento cibernético, en la actualidad nombrado como ciberbullying.
Además, establece que, para constituirse, este delito debe ser de manera reiterada y sistemática.
Elimina que los comentarios de redes sociales sean considerados como un método para aplicar el hostigamiento en contra de una persona y mantendría la pena igual: de dos a cinco años.
Desnudo en público
Mientras que el artículo 142 sobre el exhibicionismo eximiría de responsabilidad penal a quien se desnude en actividades artísticas, culturales, científicas o educativas.
Acoso y proxenetas
En tanto, el artículo 144, que contempla el acoso agravado, aumentaría la sanción actual, de dos a tres años de prisión, elevándola de dos a cinco años.
El artículo 176 sobre proxenetismo aumentaría la pena. Incrementándola de dos a tres años de prisión, hasta de dos a cinco años.
Sanción a doctores
Por otro lado, el artículo 354 amplía el campo de sanciones para los médicos que expidan un certificado sobre la existencia o inexistencia de una enfermedad, ya que también incluye a los doctores forenses del sector privado.
La pena sería de dos a tres años de prisión.
Recursos del Estado
El artículo 303 sanciona la malversación de fondos públicos para aquellos funcionarios que desvíen los recursos del Estado.
En este apartado, aumentaría la pena de cinco a diez años.
En el marco vigente, está entre dos y tres años de prisión.
¿Qué pasará con estas propuestas?
Este proyecto de modificación será estudiado por una comisión bicameral especial que deberá presentar sus observaciones al respecto.
Además, existen alrededor de cinco iniciativas más presentadas por otros congresistas que, conjuntamente con las observaciones de la sociedad, también serán analizadas por la mesa de trabajo antes mencionada.
La población tendrá hasta el próximo miércoles 15 de julio para entregar ante el Congreso Nacional sus señalamientos y preocupaciones sobre el nuevo Código Penal.
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Estas son las modificaciones al Código Penal
El presidente del Senado de la República informó que fue depositada ante la Secretaría General Legislativa la Iniciativa mediante la cual se propone modificar varios artículos de la Ley núm. 74-25, Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, con el objetivo de que las reformas sean conocidas y aprobadas antes de la entrada en vigor de la nueva legislación penal.
La iniciativa incorpora mejoras derivadas de las observaciones y aportes formulados por diversos sectores de la sociedad dominicana, entre ellos juristas, académicos, comunicadores, representantes de los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos interesados, con el propósito de fortalecer el texto que será sometido al estudio de la Comisión Bicameral encargada del Proyecto de Ley de modificación del Código Penal.
Las modificaciones propuestas comprenden *18 artículos* del Código Penal y abarcan materias relacionadas con la protección de derechos fundamentales, la libertad de expresión, la protección de niños, niñas y adolescentes, la administración de justicia, la lucha contra la corrupción y el perfeccionamiento técnico de diversos tipos penales.
Más garantías para la libertad de expresión y de prensa
Uno de los ejes centrales de la iniciativa consiste en perfeccionar cinco disposiciones vinculadas con el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho a la información, procurando un equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales propias de una sociedad democrática.
El *artículo 123*, relativo al *ciberbullying*, será modificado para precisar el alcance del tipo penal y evitar interpretaciones extensivas que puedan afectar el ejercicio legítimo de la libertad de expresión en los entornos digitales.
El *artículo 192*, sobre *difusión de audio o imágenes sin consentimiento,* fortalecerá la protección del derecho a la intimidad, delimitará con mayor precisión los elementos que configuran la infracción e incorporará expresamente el criterio de *interés público legítimo*, ofreciendo mayores garantías para el ejercicio responsable del periodismo y del derecho a informar.
El *artículo 208*, referente a la *difamación*, redefinirá el alcance del tipo penal y ajustará el régimen sancionador para garantizar mayor precisión jurídica y proporcionalidad.
El *artículo 211*, que regula los *actos considerados no difamatorios o injuriosos*, reforzará las garantías para el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa cuando las informaciones se refieran a asuntos de interés público.
Asimismo, el *artículo 310*, relativo al delito de *ultraje*, delimitará con mayor claridad el ámbito de aplicación del tipo penal, evitando interpretaciones que puedan afectar el legítimo ejercicio de los derechos fundamentales.
Mayor protección para las personas y las familias
La iniciativa también fortalece diversas disposiciones destinadas a proteger la integridad y la dignidad de las personas.
Los *artículos 121 y 122,* relativos al *hostigamiento e intimidación (bullying) y al hostigamiento agravado*, precisan la definición de estas conductas, delimitan su ámbito de aplicación y redefinen las circunstancias agravantes para facilitar una aplicación más objetiva de la ley.
El *artículo 142*, sobre *exhibicionismo sexual,* delimita con mayor claridad el tipo penal para evitar interpretaciones indebidas y garantizar una aplicación proporcional de la norma.
El *artículo 144*, relativo al *acoso agravado*, ajusta el régimen sancionador previsto para esa conducta.
Por su parte, los *artículos 214 y 215,* referentes al *abandono de niños, niñas y adolescentes y al abandono agravado,* perfeccionan la redacción de los tipos penales y reorganizan las circunstancias agravantes para fortalecer la protección de la niñez y la adolescencia.
Más precisión y seguridad jurídica
Con el propósito de perfeccionar técnicamente el nuevo Código Penal, la iniciativa propone modificar varias disposiciones que requieren ajustes de redacción o mayor precisión normativa.
El *artículo 141,* relativo al *plazo de prescripción,* corrige la redacción sobre el cómputo de los plazos.
El *artículo 170,* sobre *autosecuestro*, incorpora ajustes de técnica legislativa para una mejor interpretación de la norma.
El *artículo 207,* referente al *perjurio*, adecua el régimen sancionador cuando el perjuicio sea de naturaleza patrimonial.
El *artículo 248,* relativo a la *bancarrota simple*, precisa los presupuestos que configuran la infracción.
Finalmente, el *artículo 354*, sobre *certificación falsa de estado de salud,* introduce mejoras de técnica legislativa para reforzar la claridad y coherencia del texto legal.
Fortalecimiento de la respuesta frente a delitos graves
La propuesta también contempla modificaciones dirigidas a fortalecer la respuesta penal frente a conductas que afectan gravemente a la sociedad.
El *artículo 176*, relativo al *proxenetismo*, adecua la escala de penas aplicables.
El *artículo 303*, referente a la *malversación de fondos públicos,* fortalece el régimen sancionador previsto para este delito, reafirmando el compromiso del Estado con la transparencia y la protección del patrimonio público.
Compromiso de aprobar las modificaciones antes de la entrada en vigor
El presidente del Senado informó que la iniciativa fue remitida a la *Comisión Bicameral que estudia el Proyecto de Ley de modificación del Código Penal de la República Dominicana,* para su estudio, ponderación y presentación del informe correspondiente.
Asimismo, reiteró el compromiso del Congreso Nacional de que las modificaciones propuestas sean conocidas y aprobadas *antes de la entrada en vigor de la Ley núm. 74-25,* garantizando que el país cuente desde el primer día con un Código Penal fortalecido, técnicamente más preciso y enriquecido con los aportes realizados durante el proceso de diálogo y revisión legislativa.
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