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Alvarito Arvelo es suspendido por 20 días de la radio

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SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) inhabilitó por un período de 20 días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, Álvaro Arturo Arvelo Aybar .

Mediante un comunicado , la organización explica que dicha medida se atribuye al Álvaro Arvelo hijo haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, Juan Pablo Duarte, siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

Asimismo, explica que adoptó la media en vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de la nación.

“Agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17”, argumentó.

A continuación, el texto íntegro del comunicado:

LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EMITE RESOLUCIÓN ATENDIENDO SOLICITUD DEL INSTITUTO DUARTIANO.

En vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17.

La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, inhabilita por período de veinte (20) días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar.

Dicha medida se atribuye al haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, “Juan Pablo Duarte” siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

En efecto, el señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar, en su participación de fecha veinte y ocho (28) de septiembre del presente año, dos mil diecisiete (2017), en el programa de radio “El Gobierno de la Mañana” que se transmite por la emisora “Z 101” hace imputaciones desconsideradas, de mal gusto, irrespetuosas que atacan severamente el honor del Prócer Juan Pablo Duarte al afirmar que: “Duarte era un vacilante… Este hombre escapa, pasa 20 años al margen del país y de la familia. La madre va muriendo…los abandonó. Depresivo… Un irresponsable que arrastró a su familia a la miseria y a la muerte… Veo a ese Duarte irresponsable. No fue consecuente con la familia ni con la Patria… Por qué yo digo que Gregorio Luperón es el Padre de la Patria…y no Duarte? … Irresponsable… charlatán… vacilante… desgració su familia y no hizo nada por este país… no hizo nada…” Además lo llama: “cobarde”, “depresivo y homosexual”, “canalla”, “histérico”, “vacilante” y que “estaba en la selva con unos brujos”, entre otras expresiones afrentosas y atrevidas, dichas reiteradas veces.

La CNEPR además realizó expresa advertencia Legal¨, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales, para que se proceda hacer cumplir la presente resolución, por las razones antes expuestas y que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de los medios de comunicación dominicanos.

En vista de que Reglamento 824 de ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan esta o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales.

Relaciones Públicas CNEPR

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

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Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

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El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

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