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Alvarito Arvelo es suspendido por 20 días de la radio
SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) inhabilitó por un período de 20 días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, Álvaro Arturo Arvelo Aybar .
Mediante un comunicado , la organización explica que dicha medida se atribuye al Álvaro Arvelo hijo haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, Juan Pablo Duarte, siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.
Asimismo, explica que adoptó la media en vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de la nación.
“Agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17”, argumentó.
A continuación, el texto íntegro del comunicado:
LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EMITE RESOLUCIÓN ATENDIENDO SOLICITUD DEL INSTITUTO DUARTIANO.
En vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17.
La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, inhabilita por período de veinte (20) días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar.
Dicha medida se atribuye al haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, “Juan Pablo Duarte” siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.
En efecto, el señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar, en su participación de fecha veinte y ocho (28) de septiembre del presente año, dos mil diecisiete (2017), en el programa de radio “El Gobierno de la Mañana” que se transmite por la emisora “Z 101” hace imputaciones desconsideradas, de mal gusto, irrespetuosas que atacan severamente el honor del Prócer Juan Pablo Duarte al afirmar que: “Duarte era un vacilante… Este hombre escapa, pasa 20 años al margen del país y de la familia. La madre va muriendo…los abandonó. Depresivo… Un irresponsable que arrastró a su familia a la miseria y a la muerte… Veo a ese Duarte irresponsable. No fue consecuente con la familia ni con la Patria… Por qué yo digo que Gregorio Luperón es el Padre de la Patria…y no Duarte? … Irresponsable… charlatán… vacilante… desgració su familia y no hizo nada por este país… no hizo nada…” Además lo llama: “cobarde”, “depresivo y homosexual”, “canalla”, “histérico”, “vacilante” y que “estaba en la selva con unos brujos”, entre otras expresiones afrentosas y atrevidas, dichas reiteradas veces.
La CNEPR además realizó expresa advertencia Legal¨, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales, para que se proceda hacer cumplir la presente resolución, por las razones antes expuestas y que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de los medios de comunicación dominicanos.
En vista de que Reglamento 824 de ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan esta o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales.
Relaciones Públicas CNEPR
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MP solicita prisión preventiva contra profesor imputado de abusar sexualmente de estudiante
HIGÜEY, La Altagracia. El Ministerio Publico solicitó ante la Oficina de Atención Permanente de este distrito judicial, la imposición de la prisión preventiva, como medida de coerción, en contra del profesor Jairo Misael Ramos Taveras, a quien se le imputa de abusar sexualmente de una adolescente de 16 años, y, además, de provocarle un aborto.
Según el documento de solicitud de medida de coerción, la adolescente, cuyo nombre es omitido para preservar sus derechos, se presentó a la Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Higüey, sola, y denunció que el profesor Ramos Taveras abusaba sexualmente de ella desde que tenía 13 años de edad, y que producto de estas relaciones quedó embarazada.
La adolescente detalló, que, al enterarse de su embarazo, Ramos Taveras, quien al momento fungía como maestro de matemáticas en un centro de educación, le indica que ella no puede continuar con el embarazo, ya que estaría en riesgo su trabajo y le obliga a provocarse un aborto mediante la aplicación e ingesta de pastillas.
Indica una nota de la Procuraduría que este caso, aún en investigación, el Ministerio Publico le ha otorgado la calificación jurídica provisional, de violación a los artículos 330 y 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24/97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar y al artículo 396 literales b, c de la Ley 136-03 sobre el Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
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Mueren tres turistas en playa de Bávaro; otro está desaparecido
Tres extranjeros fallecieron este viernes mientras se bañaban en la playa Arena Gorda, en Bávaro, al Este de República Dominicana.
Un cuarto, de nombre Jakub Tomasz Pedziach, está desaparecido mientras que se encuentra recibiendo atenciones médicas el ruso Radoslaw Marcin.
La información fue confirmada en un comunicado por Riu Hotels & Resorts, donde se hospedaban los turistas.
Según datos extraoficiales, los fallecidos fueron identificados como Marcin Teodor Checinski, de 47 años, y Sylwia Aleksandra, de 52 años, de nacionalidad polaca, y Nelzon Nuñes Ribeiro, de 67 años, portugués.
“Desde RIU Hotels & Resorts, nos solidarizamos con las familias afectadas del lamentable accidente donde tres de nuestros clientes desafortunadamente perdieron la vida y otro de ellos aún está desaparecido”, indicó la cadena hotelera.
Agregó que “colaboran arduamente en conjunto con las autoridades locales para ofrecerles soporte emocional y ayudarles en todos los requerimientos pertinentes para sobrellevar este difícil momento”.
Había advertencia por el oleaje
En el comunicado, Riu Hotels & Resorts explicó que habían colocado una bandera roja en la playa a modo de advertencia de “que el mar tenía una intensa corriente y un oleaje muy elevado».
«Esto previene a los huéspedes del peligro de entrar a mar abierto en estas condiciones”, dijo.
El Centro de Operaciones de Emergencia (COE) había emitido una aviso por oleajes anormales en la costa Atlántica y en la zona este desde Cabo San Rafael, en La Altagracia, donde queda la playa Arena Gorda, hasta laguna Rincón en El Seibo.
Recibieron asistencia médica
Riu Hotels & Resorts dijo que inmediatamente se percataron y detectaron el posible ahogamiento de los huéspedes, personal médico del hotel y un equipo de colaboradores “consiguieron estabilizarlos a con las maniobras de primeros auxilios, posteriormente fueron trasladados a un centro médico, pero lamentablemente fallecieron”.
Informó que se consiguió dar los primeros auxilios a otras tres personas en el mar, que se encuentran en condición estable.
“Seguiremos haciendo todo lo humanamente posible para apoyar a las familias de los afectados ofreciéndoles nuestra colaboración incondicional en este triste momento y a las autoridades en la búsqueda de la persona desaparecida”, concluyó la cadena hotelera en el comunicado.
Quejas por supuesta falta de seguridad en Cana Bay y el complejo se defiende
Los propietarios de apartamentos en Cana Bay Resorts han denunciado la falta de medidas básicas de seguridad, como la ausencia de salvavidas en la playa, a pesar de pagar una alta tarifa anual para acceder al complejo.
El accidente de los turistas supuestament3 habría ocurrido en los predios de la playa de Cana Bay, ubicada en un exclusivo complejo privado sobre la playa Arena Gorda en Punta Cana.
Ante esta tragedia, los residentes han exigido la implementación inmediata de personal de rescate en la zona para evitar que incidentes similares ocurran en el futuro.
Sobre el particular Cana Bay Resorts se defendió expresando que cuentan con medidas preventivas como banderas rojas, letreros de advertencia y personal de seguridad que evita el ingreso al mar en condiciones peligrosas
«Cana Bay lamentamos profundamente la tragedia ocurrida con los clientes del Hotel Riu. Reafirmamos que Cana Bay cumple con todos los compromisos y requerimientos establecidos para la concesión de la playa. En 10 años de operación, nunca hemos registrado incidentes de este tipo», dicen en un comunicado compartido en sus redes sociales.
Aseguran que los turistas, víctimas en esta tragedia no ingresaron al mar desde sus instalaciones.
«Acompañamos a las familias en su dolor y reiteramos nuestro compromiso con la seguridad de todos», subrayan.
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