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Alvarito Arvelo es suspendido por 20 días de la radio

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SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) inhabilitó por un período de 20 días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, Álvaro Arturo Arvelo Aybar .

Mediante un comunicado , la organización explica que dicha medida se atribuye al Álvaro Arvelo hijo haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, Juan Pablo Duarte, siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

Asimismo, explica que adoptó la media en vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de la nación.

“Agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17”, argumentó.

A continuación, el texto íntegro del comunicado:

LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EMITE RESOLUCIÓN ATENDIENDO SOLICITUD DEL INSTITUTO DUARTIANO.

En vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17.

La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, inhabilita por período de veinte (20) días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar.

Dicha medida se atribuye al haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, “Juan Pablo Duarte” siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

En efecto, el señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar, en su participación de fecha veinte y ocho (28) de septiembre del presente año, dos mil diecisiete (2017), en el programa de radio “El Gobierno de la Mañana” que se transmite por la emisora “Z 101” hace imputaciones desconsideradas, de mal gusto, irrespetuosas que atacan severamente el honor del Prócer Juan Pablo Duarte al afirmar que: “Duarte era un vacilante… Este hombre escapa, pasa 20 años al margen del país y de la familia. La madre va muriendo…los abandonó. Depresivo… Un irresponsable que arrastró a su familia a la miseria y a la muerte… Veo a ese Duarte irresponsable. No fue consecuente con la familia ni con la Patria… Por qué yo digo que Gregorio Luperón es el Padre de la Patria…y no Duarte? … Irresponsable… charlatán… vacilante… desgració su familia y no hizo nada por este país… no hizo nada…” Además lo llama: “cobarde”, “depresivo y homosexual”, “canalla”, “histérico”, “vacilante” y que “estaba en la selva con unos brujos”, entre otras expresiones afrentosas y atrevidas, dichas reiteradas veces.

La CNEPR además realizó expresa advertencia Legal¨, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales, para que se proceda hacer cumplir la presente resolución, por las razones antes expuestas y que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de los medios de comunicación dominicanos.

En vista de que Reglamento 824 de ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan esta o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales.

Relaciones Públicas CNEPR

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Motorista lanza piedra contra vehículo y hiere a una menor que viajaba con su padre

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Un ciudadano identificado como Robinson denunció un violento incidente ocurrido en la carretera Mella, próximo al Instituto Técnico Superior Comunitario (ITSC), donde un motorista habría atacado su vehículo con un objeto contundente, provocando heridas de gran consideración a su hija menor de edad.

De acuerdo con el relato del afectado, el hecho se produjo luego de un ligero contacto físico entre ambos vehículos mientras transitaban por la vía.

Tras el incidente, el conductor de la motocicleta presuntamente persiguió el automóvil y lanzó una piedra de gran tamaño que atravesó el cristal del lado del pasajero.

El impacto alcanzó a la menor en la frente, causándole un fuerte sangrado y severas lesiones.

Robinson explicó que tuvo que trasladar de emergencia a la niña al Centro Médico Integral II, donde fue sometida a una intervención quirúrgica debido a que el golpe provocó que fragmentos de roca penetraran en su cráneo.

El denunciante pidió que las autoridades investiguen el caso y den con el responsable de la agresión.

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Interior y Policía asegura haitiano deportado por EEUU no entrará a RD

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El Ministerio de Interior y Policía informó la mañana de este miércoles que el empresario haitiano Dimitri Albert Edouard Vorbe no ingresará al territorio dominicano, luego de que surgieran versiones sobre una posible deportación desde Estados Unidos hacia República Dominicana.

A través de un comunicado difundido en redes sociales, la institución indicó que Vorbe “mantiene un impedimento de entrada vigente desde el 13 de octubre de 2025, conforme a una notificación emitida por la Dirección Nacional de Inteligencia y ejecutada por la Dirección General de Migración”.

La aclaración se produjo luego de que el juez Darrin P. Gayles, del Distrito Sur de Florida, firmara una orden judicial en la que se establece que el empresario sería enviado a República Dominicana, tras ser rechazada una solicitud de habeas corpus con la que buscaba evitar ser deportado a Haití y permanecer en territorio estadounidense.

El documento judicial, fechado el 12 de mayo de 2026, señala que la petición de ser trasladado al país fue realizada por el propio empresario.

“El Departamento de Seguridad Nacional declara que facilitará la deportación del peticionario Dimitri Albert Edouard Vorbe a la República Dominicana dentro de los siete días siguientes a la emisión de la orden final de deportación, trasladándolo a un aeropuerto del sur de Florida donde abordará un vuelo comercial a la República Dominicana”, establece la orden.

Asimismo, el acuerdo judicial indica que, dos días después de su llegada a República Dominicana, tanto Vorbe como las autoridades estadounidenses presentarían una moción para desestimar el procedimiento de manera definitiva.

Arresto del empresario
Vorbe fue detenido el 24 de septiembre de 2025 por agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE).

La Embajada de Estados Unidos en Haití explicó que el arresto se produjo por presuntos vínculos con la violencia de las bandas armadas.

Asimismo, las autoridades estadounidenses determinaron que Vorbe “participó en una campaña de violencia y apoyo a pandillas que contribuyó a la desestabilización de Haití”.

Por ello, el Departamento de Estado concluyó que la presencia o las actividades del empresario en EE. UU. podrían tener “graves consecuencias adversas” para la política exterior de ese país, lo que sirvió de base para el proceso de deportación.

Este hecho volvió a colocar en el centro del debate la influencia económica y política del empresario haitiano.

El magnate es heredero de la familia propietaria de Société Générale d’Énergie S.A. (Sogener), empresa que durante años fue uno de los principales suplidores de electricidad en Haití mediante contratos con la estatal Électricité d’Haïti.

En 2019, durante el gobierno del entonces presidente Jovenel Moïse, las autoridades haitianas acusaron a Sogener de sobrefacturación y pagos indebidos, reclamando más de 120 millones de dólares y ordenando la incautación de plantas eléctricas vinculadas a la empresa.

Además de sus negocios energéticos, Vorbe y su familia también fueron relacionados con contratos millonarios de obras públicas durante la administración del expresidente René Préval.

En agosto de 2020, fue detenido por el ICE y puesto bajo su custodia en el Centro de Procesamiento de Servicios de Miami.

Allí fue sometido a un proceso de deportación mediante una Notificación de Comparecencia que lo acusaba de ser deportable, debido a que luego de ser admitido como no inmigrante, permaneció en EE. UU. por un tiempo mayor al permitido.

En de abril de 2025, el ICE presentó un escrito argumentando queeste hombre era inadmisible debido a que mintió deliberada y voluntariamente en las solicitudes presentadas ante el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para obtener beneficios migratorios.

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