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Alvarito Arvelo es suspendido por 20 días de la radio

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SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) inhabilitó por un período de 20 días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, Álvaro Arturo Arvelo Aybar .

Mediante un comunicado , la organización explica que dicha medida se atribuye al Álvaro Arvelo hijo haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, Juan Pablo Duarte, siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

Asimismo, explica que adoptó la media en vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de la nación.

“Agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17”, argumentó.

A continuación, el texto íntegro del comunicado:

LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EMITE RESOLUCIÓN ATENDIENDO SOLICITUD DEL INSTITUTO DUARTIANO.

En vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17.

La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, inhabilita por período de veinte (20) días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar.

Dicha medida se atribuye al haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, “Juan Pablo Duarte” siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.

En efecto, el señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar, en su participación de fecha veinte y ocho (28) de septiembre del presente año, dos mil diecisiete (2017), en el programa de radio “El Gobierno de la Mañana” que se transmite por la emisora “Z 101” hace imputaciones desconsideradas, de mal gusto, irrespetuosas que atacan severamente el honor del Prócer Juan Pablo Duarte al afirmar que: “Duarte era un vacilante… Este hombre escapa, pasa 20 años al margen del país y de la familia. La madre va muriendo…los abandonó. Depresivo… Un irresponsable que arrastró a su familia a la miseria y a la muerte… Veo a ese Duarte irresponsable. No fue consecuente con la familia ni con la Patria… Por qué yo digo que Gregorio Luperón es el Padre de la Patria…y no Duarte? … Irresponsable… charlatán… vacilante… desgració su familia y no hizo nada por este país… no hizo nada…” Además lo llama: “cobarde”, “depresivo y homosexual”, “canalla”, “histérico”, “vacilante” y que “estaba en la selva con unos brujos”, entre otras expresiones afrentosas y atrevidas, dichas reiteradas veces.

La CNEPR además realizó expresa advertencia Legal¨, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales, para que se proceda hacer cumplir la presente resolución, por las razones antes expuestas y que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de los medios de comunicación dominicanos.

En vista de que Reglamento 824 de ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan esta o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales.

Relaciones Públicas CNEPR

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Hugo Beras, Jochi Gómez y otros a juicio de fondo

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La jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Yanibet Rivas, envía a juicio de fondo al exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, a José Ángel Gómez Canaán (Jochi Gómez) y compartes del caso Camaleón, acusados de adjudicar de manera fraudulenta un contrato para la modernización de la red semafórica del Gran Santo Domingo.

También fueron enviado a juicio los imputados Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología del Intrant; Frank Rafael Atilano Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant; Carlos José Peguero Vargas, Mariano Gustini, Manuel Eduardo Mora Vázquez y Henry Darío Feliz Casso.

Además fueron enviada a juicio las empresas involucradas en el expediente: Transcore Latam S.R.L., Aurix S.A.S., Inprosol S.R.L., OML Inversiones S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L., Industria Soltex Dominicana S.R.L. y Dekolor S.R.L.

Reseña El Día que la jueza adoptó su decisión debido a que el Ministerio Público aportó pruebas que los vinculan a una series de hechos cometidos en perjuicio del Intrant y el Estado dominicano la cual deben ser presentadas durante un juicio de fondo.

Acusación del Ministerio Público en el caso Camaleón

De acuerdo con la acusación, se determinó que mediante contratos y convenios irregulares con Dekolor S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L. y Transcore Latam S.R.L. se otorgó acceso privilegiado a estas empresas, las cuales habrían sido utilizadas para desviar fondos públicos y ejecutar operaciones de lavado de activos, vulnerando los principios de transparencia, seguridad tecnológica y legalidad administrativa.Caso Camaleón: jueza decidirá este viernes si envía a juicio a Hugo Beras, Jochi Gómez y demás implicados

Según el expediente, el eje central del esquema es José Ángel Gómez Canaán, quien mantiene vínculos societarios, financieros y operativos con las empresas Dekolor, PagoRD Xchange, Transcore Latam y Aurix. Bajo su dirección, estas entidades habrían conformado una estructura criminal dedicada a la estafa contra el Estado, el lavado de activos y el sabotaje tecnológico, consolidando el control sobre infraestructuras críticas y recursos estratégicos estatales.

En octubre de 2024, la jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, declaró el caso complejo e impuso medidas de coerción contra Hugo Beras, José Ángel Gómez Canaán, Pedro Vinicio Padovani Báez, Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, Frank Díaz Warden, Juan Francisco Álvarez Carbuccia y Carlos José Peguero Vargas.

Rol de los imputados

José Ángel Gómez Canaán es señalado como beneficiario de contratos fraudulentos suscritos a través de Transcore Latam, Dekolor y PagoRD Xchange.

También se le atribuye el control de sistemas semafóricos, videovigilancia y espionaje tecnológico, así como el sabotaje de la red semafórica del Gran Santo Domingo.

Hugo Beras habría facilitado adjudicaciones fraudulentas a empresas sin capacidad técnica y participado en la manipulación de la red semafórica y del sistema de videovigilancia.

Frank Díaz Warden es acusado de manipular licitaciones y decisiones del Comité de Compras para favorecer a empresas vinculadas al presunto esquema de corrupción.

Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda habría facilitado el control técnico de la red semafórica y falsificado certificaciones.

Juan Francisco Álvarez Carbuccia es señalado por emitir certificaciones falsas de disponibilidad presupuestaria.

Pedro Vinicio Padovani Báez habría supervisado el Centro de Control de Tráfico y participado en licitaciones fraudulentas, operaciones de lavado de activos y sabotaje de la red semafórica.

Carlos José Peguero Vargas es acusado de movilizar fondos a través de Inprosol S.R.L.

Mariano Gustini y Manuel Eduardo Mora Vázquez, representantes de PagoRD Xchange, habrían actuado como testaferros, ocultando la propiedad real de la empresa y desviando fondos hacia Gómez Canaán.

Mientras que Henry Darío Féliz Casso es señalado como intermediario financiero en el desvío y lavado de fondos públicos.

Empresas señaladas en la acusación

Con relación a las personas jurídicas, la acusación establece que Transcore Latam S.R.L. fue utilizada para ejecutar contratos fraudulentos y controlar la red semafórica.

Mientras que PagoRD Xchange S.R.L. habría sido empleada para la apropiación de ingresos públicos y la adquisición de bienes de lujo.

En el caso de Industria Soltex Dominicana S.R.L. es vinculada a operaciones de lavado de activos y contrabando.

Asimismo, Dekolor S.R.L. habría servido para encubrir, desviar y manipular licencias, mientras que Aurix S.A.S. habría sido destinada al espionaje y sabotaje tecnológico.

En tanto que Inprosol S.R.L. funcionó presuntamente como vehículo financiero del esquema y OML Inversiones S.R.L. fue utilizada para adquirir bienes inmuebles con fondos de origen ilícito.

Delitos imputados

Los acusados enfrentan cargos por coalición de funcionarios, asociación de malhechores, lavado de activos, desfalco, estafa contra el Estado, sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación y delitos de alta tecnología, entre otras infracciones contempladas en la legislación dominicana.

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Dictan coerción a conductor de yipeta Porsche por muerte de agente de Migración

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Un tribunal de tránsito impuso una garantía económica de RD$2 millones, a través de una aseguradora, presentación periódica e impedimento de salida del país a Frederic Augusto Emam Zade Lluberes, imputado de ser el conductor de la yipeta Porsche que impactó un vehículo de la Dirección de Migración, colisión en la que resultó herido el agente Snayder Almánzar, quien falleció posteriormente por las lesiones sufridas.

Las medidas de coerción fueron dictadas por la jueza Rocío Espejo, de la Sexta Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito del Distrito Nacional, durante una audiencia celebrada este 3 de junio.

El imputado es investigado por presuntas violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, así como a varios artículos del Código Penal.

La Dirección General de Migración (DGM) informó este miércoles el fallecimiento de Almánzar, quien permanecía ingresado desde la madrugada del pasado 31 de mayo tras resultar herido en el accidente ocurrido en la avenida Jiménez Moya con Independencia, en el Distrito Nacional.

Sobre el caso
Según el informe, una yipeta Porsche blanca, en la que viajaban tres personas, transitaba a alta velocidad por la avenida Jiménez Moya en dirección norte-sur y, al llegar a la intersección con la avenida Independencia, habría cruzado un semáforo en rojo, impactando una camioneta doble cabina de la DGM.

La patrulla estaba integrada por seis agentes de la Dirección General de Migración (DGM) y cinco miembros del Ejército de la República Dominicana. Como consecuencia del choque, dos agentes migratorios y cuatro militares resultaron heridos.

La DGM explicó que Snayder Almánzar fue quien sufrió las lesiones más graves. Desde el momento del accidente permaneció recibiendo atenciones médicas y luchando por su recuperación, pero falleció la noche del martes 2 de junio debido a la gravedad de las heridas.

La institución extendió sus condolencias a los familiares, amigos y compañeros del agente, destacando su dedicación y compromiso con el servicio.

Asimismo, señaló que el agente fallecido sufrió un trauma craneoencefálico y murió a causa de un shock hipovolémico.

Tanto él como los demás heridos fueron socorridos por unidades y varias ambulancias del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 911, que los trasladaron rápidamente a un centro de salud, donde recibieron atenciones médicas.

Almánzar Mena pertenecía a la Tercera Promoción de Agentes de la DGM, graduada en el 2025.

DL

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